El peritaje en un juicio por accidente

Respuesta corta: el peritaje es lo que define un juicio por accidente. Intervienen hasta tres peritos designados por el juzgado: el mecánico, que reconstruye cómo fue el choque; el médico, que fija el porcentaje de incapacidad; y el psicólogo, que evalúa el daño psíquico. Sus honorarios los paga quien pierde el juicio.

El perito mecánico: cómo se reconstruye el choque

Es el que determina la mecánica y, con ella, quién fue responsable. Lo que analiza:

  • La correspondencia de las deformaciones: si los daños de los dos vehículos encajan entre sí, a qué altura y con qué ángulo.
  • La zona del impacto: un golpe en la parte trasera de un lateral indica que ese vehículo ya había ingresado al cruce.
  • Las marcas de frenada, que permiten estimar la velocidad previa.
  • La posición final de los vehículos y la dispersión de vidrios y plásticos.
  • El estado de luces, frenos y neumáticos.
  • La señalización del lugar y las condiciones de visibilidad.
Por eso no conviene reparar el auto antes de documentarlo. Las fotos del día, la posición final y los presupuestos detallados son la materia prima del peritaje. Sin eso, el perito trabaja con lo que declaran las partes, y ahí el resultado es impredecible.

El perito médico: el porcentaje de incapacidad

Examina a la víctima, revisa la historia clínica y los estudios, y fija el porcentaje de incapacidad sobreviniente, que es el rubro de mayor peso económico en un reclamo con lesiones.

  • Mide los rangos de movilidad con instrumental, no a ojo.
  • Analiza los estudios por imágenes y pide los que falten.
  • Evalúa si la secuela es consecuencia del accidente o preexistente.
  • Indica el tratamiento futuro necesario y su costo estimado.

Si llegaste al peritaje sin estudios actualizados, el porcentaje que se fije va a ser el mínimo. Conviene llegar con todo: resonancias, radiografías, informes de los tratantes y la constancia médica del día del hecho.

El perito psicólogo

Evalúa el daño psíquico: estrés postraumático, fobia a conducir, trastornos de ansiedad o del sueño. Fija un porcentaje propio de incapacidad y determina la cantidad de sesiones de tratamiento necesarias, que se reclaman como gasto futuro. Es la prueba que sostiene el daño moral.

Los puntos de pericia

Son las preguntas concretas que cada parte le hace al perito, y se presentan al inicio del juicio. Un punto de pericia mal redactado deja afuera algo que después no se puede recuperar. Ejemplos de lo que conviene preguntar:

  • Al mecánico: la velocidad estimada de cada vehículo, si las deformaciones son compatibles con la mecánica denunciada, si el daño afectó partes estructurales y cuál es la desvalorización resultante.
  • Al médico: el porcentaje de incapacidad según baremo, si las secuelas son definitivas, el tratamiento futuro y su costo, y si la lesión es compatible con el mecanismo del accidente.
  • Al psicólogo: la existencia de daño psíquico, su porcentaje, el tratamiento indicado, su duración y su costo actual.

Cómo se impugna un informe

  1. Leelo completo y a tiempo: el plazo para observarlo es breve y corre desde que se notifica.
  2. Señalá omisiones concretas: una lesión no evaluada, un estudio no considerado, un punto de pericia sin responder.
  3. Aportá prueba: informes de los médicos tratantes, estudios posteriores, fotos.
  4. Pedí explicaciones al perito: está obligado a responder las observaciones.
  5. Usá el consultor técnico: cada parte puede designar un profesional propio que controle el peritaje y fundamente las impugnaciones. Es muy efectivo y se usa poco.

Quién paga los peritos

Los honorarios se regulan en la sentencia y, en principio, los paga la parte vencida. Si el reclamo prospera parcialmente, se reparten. Si no podés afrontar los anticipos, se puede pedir el beneficio de litigar sin gastos, que también cubre la tasa de justicia.

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Preguntas frecuentes

¿Quién designa a los peritos?

El juzgado, por sorteo de las listas oficiales. Además, cada parte puede designar un consultor técnico propio que controle el peritaje y fundamente las impugnaciones.

¿Qué mira el perito mecánico?

La correspondencia de las deformaciones, la zona del impacto, las marcas de frenada, la posición final de los vehículos y el estado de luces, frenos y neumáticos.

¿Puedo discutir el porcentaje de incapacidad del peritaje?

Sí, impugnando el informe dentro del plazo, señalando omisiones concretas y aportando informes de los médicos tratantes o estudios posteriores.

¿Quién paga los honorarios de los peritos?

En principio la parte que pierde el juicio. Si el reclamo prospera parcialmente, se reparten. Quien no pueda afrontarlos puede pedir el beneficio de litigar sin gastos.

¿Sirve reparar el auto antes del peritaje?

Perjudica. Las fotos del día del hecho y la posición final son la base del trabajo del perito; con el auto ya reparado, la mecánica se vuelve mucho más difícil de acreditar.

Fuentes oficiales

  • Código Civil y Comercial de la Nación (arts. 1716 a 1780 y 2561) — servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/texact.htm
  • Ley 17.418 de Seguros — servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/30000-34999/33383/texact.htm
  • Superintendencia de Seguros de la Nación — www.argentina.gob.ar/ssn
  • Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial — servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/818/texact.htm

Contenido revisado y actualizado al 15 de octubre de 2026. Es información general y no reemplaza el asesoramiento de un abogado sobre tu caso.

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