Modelos de telegrama laboral para copiar

Respuesta corta: el telegrama laboral de la Ley 23.789 es gratuito para el trabajador: se despacha en cualquier sucursal del Correo Argentino presentando el DNI, o se manda online desde el sitio del Correo. Abajo tenés siete modelos listos para copiar y pegar, con los datos a completar entre corchetes.

Cómo se manda

  • Es gratuito: lo paga el Estado, no vos. Si te lo quieren cobrar, pedí hablar con el jefe de sucursal.
  • Se despacha en cualquier sucursal del Correo Argentino con tu DNI, o desde el formulario online del Correo.
  • Necesitás el nombre o razón social exacta del empleador y el domicilio legal. Están en el recibo de sueldo.
  • Guardá el comprobante de imposición: es la prueba de la fecha, que es lo que después define todo.
  • El texto va sin puntos suspensivos ni abreviaturas raras: se transcribe tal cual.

Antes de mandarlo, revisá esto

  • El plazo. Salvo la registración (30 días corridos, Ley 24.013), lo habitual es intimar por 48 horas hábiles.
  • El apercibimiento. Si vas a considerarte despedido después, tenés que avisarlo en la intimación previa. Sin esa advertencia expresa, el despido indirecto puede caerse.
  • Los montos y períodos. Identificá qué meses te deben, con mes y año. Un reclamo genérico se contesta con una negativa genérica.
  • El domicilio. Si el telegrama vuelve por domicilio inexistente, la intimación no surtió efecto. Verificá el domicilio legal antes.

Modelos para copiar

Completá los datos entre corchetes con tu información. Son modelos generales: si tu caso tiene particularidades (convenio especial, fuero laboral de otra provincia, licencias, embarazo, enfermedad), conviene revisarlo con un abogado antes de despachar.

Falta de pago de haberes

Intimo plazo 48 horas hábiles abone haberes adeudados correspondientes a los meses de [MES/AÑO] y [MES/AÑO], bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Asimismo intimo entrega de recibos de sueldo conforme art. 140 LCT. Queda Ud. debidamente notificado.

Trabajo no registrado

Intimo plazo 30 días corridos proceda a registrar correctamente la relación laboral que nos une, consignando fecha real de ingreso [DD/MM/AAAA], categoría [CATEGORÍA] conforme CCT [NÚMERO], jornada de [HORARIO] y remuneración mensual real de $[MONTO]. Todo bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa y de efectuar la denuncia ante ARCA. Queda Ud. debidamente notificado.

Despido indirecto por falta de pago

Ante el incumplimiento a mi intimación cursada con fecha [DD/MM/AAAA] y la persistencia en la falta de pago de los haberes correspondientes a [MESES ADEUDADOS], hago efectivo el apercibimiento y me considero despedido por su exclusiva culpa. Intimo plazo 48 horas hábiles abone haberes adeudados, indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones y SAC proporcionales, y plazo 30 días corridos haga entrega de los certificados previstos en el art. 80 LCT. Queda Ud. debidamente notificado.

Retención de tareas

Intimo plazo 48 horas hábiles abone haberes adeudados correspondientes a [MESES ADEUDADOS]. Vencido dicho plazo sin que se regularice el pago, y con fundamento en el art. 1031 del Código Civil y Comercial, hago saber que retendré la prestación de tareas hasta la efectiva cancelación de lo adeudado, sin que ello implique abandono de trabajo ni renuncia a derecho alguno, bajo apercibimiento de considerarme despedido por su exclusiva culpa. Queda Ud. debidamente notificado.

Impugnación de suspensión

Impugno en tiempo y forma la suspensión que me fuera notificada con fecha [DD/MM/AAAA] por el término de [CANTIDAD] días, por resultar improcedente, carecer de causa justificada y no ajustarse a los arts. 218 a 222 LCT. Intimo plazo 48 horas hábiles deje sin efecto la medida, otorgue tareas y abone los salarios caídos, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda Ud. debidamente notificado.

Falta de entrega de certificados (art. 80 LCT)

Intimo plazo 48 horas hábiles haga entrega de los certificados de trabajo, de servicios y remuneraciones y de la constancia documentada de los aportes y contribuciones previsionales y de obra social, conforme art. 80 LCT y su reglamentación, bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales correspondientes. Queda Ud. debidamente notificado.

Negativa de tareas

Habiéndome presentado en mi lugar de trabajo los días [FECHAS] y habiéndoseme negado el ingreso y la dación de tareas, intimo plazo 48 horas hábiles aclare situación laboral y otorgue tareas acordes a mi categoría conforme art. 78 LCT, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Queda Ud. debidamente notificado.

Qué pasa después

El empleador tiene 2 días hábiles para contestar un emplazamiento (art. 57 LCT). El silencio se interpreta en su contra. Si contesta negando los hechos, esa respuesta también es prueba y se usa en el reclamo posterior. Si no contesta y vencido el plazo persiste el incumplimiento, quedás habilitado a hacer efectivo el apercibimiento.

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Preguntas frecuentes

¿El telegrama laboral es realmente gratis?

Sí. La Ley 23.789 obliga al Correo Argentino a despacharlo sin cargo para el trabajador, tanto en ventanilla como online. El costo lo asume el Estado. Si en la sucursal te lo quieren cobrar, pedí hablar con el responsable y mencioná la ley.

¿Sirve un WhatsApp o un mail en vez del telegrama?

No con la misma fuerza. La intimación laboral necesita fecha cierta y constancia de recepción en el domicilio del empleador. Un WhatsApp puede servir como prueba complementaria, pero no reemplaza al telegrama ni a la carta documento para los emplazamientos formales.

¿Cuánto plazo tengo que dar en la intimación?

Como regla, 48 horas hábiles. La excepción es la intimación a registrar la relación laboral, donde la Ley 24.013 fija 30 días corridos. Dar un plazo menor al legal puede invalidar el emplazamiento.

¿Qué pasa si el empleador no me contesta?

El art. 57 de la LCT le da 2 días hábiles para responder y establece que el silencio se interpreta como consentimiento de los hechos que le atribuís. Eso juega a tu favor y es una de las razones por las que conviene detallar bien los hechos en el texto.

¿Puedo mandar el telegrama estando en negro?

Sí, y es gratuito igual. Además funciona como prueba: al describir tu fecha de ingreso, categoría, horario y tareas, obligás al empleador a pronunciarse. Si niega la relación, esa negativa también se usa después.

Fuentes oficiales