1. PUAM: Pensión Universal para el Adulto Mayor
Es hoy la salida más usada por quien no llega a los 30 años de aportes. No es una jubilación sino una prestación no contributiva, y por eso tiene reglas propias.
- Edad: 65 años, tanto varones como mujeres.
- Aportes: no se exigen.
- Monto: el 80% del haber mínimo jubilatorio, con los mismos aumentos por movilidad y los bonos que se otorgan a la mínima.
- Residencia: argentinos nativos o naturalizados con al menos 10 años de residencia; extranjeros con 20 años de residencia, 10 de ellos inmediatamente anteriores al pedido.
- Incompatibilidad: no podés tener otra jubilación o pensión, ni nacional ni provincial.
- Incluye: cobertura de PAMI y compatibilidad con la AUH y las asignaciones familiares.
El punto a tener presente: la PUAM no genera pensión derivada. Al fallecer el titular, el cónyuge no hereda el beneficio, a diferencia de lo que ocurre con una jubilación ordinaria.
2. Jubilación por edad avanzada
Está en el art. 34 bis de la Ley 24.241 y es la opción más olvidada, pese a que conviene más que la PUAM cuando se cumplen los requisitos.
- Edad: 70 años, varones y mujeres.
- Aportes: 10 años de servicios con aportes, de los cuales 5 deben estar dentro de los últimos 8 años anteriores al cese.
- Monto: el 70% de la Prestación Básica Universal, más la Prestación Compensatoria y la Adicional por Permanencia completas.
- Ventaja: es una jubilación, no una prestación no contributiva. Genera pensión derivada para el cónyuge y no tiene las incompatibilidades de la PUAM.
3. Moratoria de la Ley 24.476
Es una moratoria permanente, distinta de la que venció en 2025. Permite regularizar períodos trabajados como autónomo anteriores al 30 de septiembre de 1993. Si tenés edad suficiente para haber trabajado antes de esa fecha, puede aportar los años que te faltan. La deuda se paga en cuotas que se descuentan del haber.
4. Reconocimiento de servicios no registrados
Muchas personas tienen más aportes de los que figuran en su historia laboral de ANSES: empleos en negro, períodos mal informados, trabajos rurales o en casas particulares. El trámite de reconocimiento de servicios permite acreditarlos con prueba documental y testimonial. Antes de resignarse a la PUAM conviene pedir la historia laboral completa y revisarla año por año.
5. Convenios internacionales
Si trabajaste en el exterior, los convenios bilaterales y multilaterales permiten sumar esos períodos a los argentinos. Argentina tiene convenios con España, Italia, Chile, Portugal, Grecia y los países del MERCOSUR, además del Convenio Multilateral Iberoamericano. Cada país paga la parte proporcional a lo aportado allí.
Qué hacer primero
- Pedí tu historia laboral en Mi ANSES y revisá período por período.
- Anotá todos los trabajos que recordás y no figuran, con fechas y empleador.
- Chequeá si tenés períodos de autónomo anteriores a octubre de 1993.
- Contá los años que tenés acreditados y los que te faltan antes de decidir por qué vía ir.
- Si estás cerca de los 70, comparé la jubilación por edad avanzada con la PUAM: casi siempre conviene la primera.
Seguir leyendo
Preguntas frecuentes
¿Sigue habiendo moratoria previsional en 2026?
La moratoria de la Ley 27.705 venció el 23 de marzo de 2025 y no fue prorrogada. Sigue vigente la moratoria permanente de la Ley 24.476, pero solo permite regularizar períodos de autónomo anteriores al 30 de septiembre de 1993.
¿Cuánto se cobra con la PUAM?
El 80% del haber mínimo jubilatorio. Se actualiza con la misma movilidad que las jubilaciones y cobra los bonos que se otorgan a quienes perciben la mínima. Incluye cobertura de PAMI.
¿Conviene más la PUAM o la jubilación por edad avanzada?
Si llegás a los 70 años con 10 de aportes, conviene la jubilación por edad avanzada: el haber suele ser mayor, genera pensión para el cónyuge y no tiene las incompatibilidades de la PUAM. La PUAM es la alternativa cuando no se llega a esos 10 años.
¿Puedo seguir trabajando si cobro la PUAM?
Sí, la PUAM es compatible con el trabajo registrado y con el monotributo. Lo que no admite es cobrar además otra jubilación o pensión, sea nacional o provincial.
Trabajé muchos años en negro, ¿se puede recuperar algo?
Sí, a través del reconocimiento de servicios ante ANSES. Se acreditan con recibos, certificaciones, testigos y cualquier documentación de la época. Es un trámite que lleva tiempo, así que conviene iniciarlo antes de llegar a la edad jubilatoria.
Fuentes oficiales
¿Necesitás ayuda con tu caso?
Contanos qué te pasó y te ponemos en contacto con un profesional matriculado de tu provincia. La consulta es gratuita y sin compromiso.