Qué cambió
Durante años la moratoria funcionó así: llegabas a la edad sin los 30 años de aportes, comprabas los períodos faltantes y las cuotas se te descontaban del haber ya cobrando. Ese esquema terminó.
Hoy la lógica es la inversa: primero se regulariza y se paga, después se tramita el beneficio. Eso cambia por completo la planificación, porque hay que tener el dinero antes.
Lo que sigue vigente
| Opción | A quién alcanza | Qué permite |
|---|---|---|
| Plan de pago de deuda previsional | Mujeres de 50 a 59 y varones de 55 a 64, es decir a menos de 10 años de la edad jubilatoria | Regularizar los períodos faltantes antes de iniciar el trámite, pagando con la unidad de pago que fija la normativa |
| Ley 24.476 | Quienes ya tienen la edad jubilatoria | Regularizar aportes de autónomo anteriores a septiembre de 1993, acreditando residencia y que los períodos no se superpongan con empleos registrados |
| Prestación por Edad Avanzada | 70 años, ambos sexos | Jubilarse con 10 años de aportes, de los cuales 5 en los últimos 8 |
| PUAM | 65 años, ambos sexos | Prestación no contributiva equivalente al 80% del haber mínimo, sin requisito de aportes |
| Reconocimiento de servicios | Cualquier edad | Computar años trabajados sin registrar, probando la relación laboral |
El reconocimiento de servicios: la opción que más se subestima
Antes de comprar un solo período conviene revisar si hay años trabajados que ANSES no computó. Es muy frecuente: empleadores que no declararon, períodos en negro, trabajo como autónomo sin registrar.
- Si el empleador no ingresó los aportes, la responsabilidad es suya: el período se puede computar igual probando la relación laboral.
- Se acredita con recibos de sueldo, certificaciones de servicios, testigos y documentación de la empresa.
- Para las mujeres, el reconocimiento de un año de aportes por hijo —con adicionales por adopción, por hijo con discapacidad y por haber percibido la AUH— es gratuito y muchas no lo piden.
Cómo saber cuánto te falta
- Entrá a Mi ANSES con tu CUIL y clave de la seguridad social.
- Abrí la sección de aportes y mirá el detalle mes por mes.
- Anotá los períodos en blanco y los que figuran con empleador pero sin aportes ingresados.
- Revisá si falta computar el año por hijo.
- Con ese número ya podés estimar qué opción te conviene.
Si no llegás a ninguna de las opciones
Queda la PUAM a los 65 años: es una prestación no contributiva, equivalente al 80% del haber mínimo, que no exige aportes. No genera pensión por fallecimiento en los mismos términos que una jubilación, pero garantiza un ingreso y la cobertura de salud. Los montos vigentes están en requisitos y montos de la jubilación.
El detalle de cada alternativa, con sus requisitos, está en cómo jubilarse sin 30 años de aportes.
Cuidado con las ofertas
- Los trámites de ANSES son gratuitos: no hace falta gestor para consultar aportes ni para iniciar el beneficio.
- Nadie puede «conseguirte» una moratoria que no existe.
- No transfieras dinero a cuentas personales para «pagar los aportes»: el pago se hace por los canales oficiales.
- Verificá la matrícula de cualquier profesional que te asesore.
Seguir leyendo
- Jubilarse sin 30 años de aportes
- Requisitos y montos de la jubilación
- Ayuda con el trámite
- Regímenes especiales
- Años trabajados en negro
Preguntas frecuentes
¿Sigue vigente la moratoria previsional?
La moratoria general que permitía jubilarse con deuda y descontarla del haber venció el 23 de marzo de 2025 y no fue prorrogada. Siguen vigentes el plan de pago de deuda previsional y la regularización de períodos anteriores a 1993 de la Ley 24.476.
¿Qué es el plan de pago de deuda previsional?
Permite regularizar los períodos faltantes antes de iniciar el trámite jubilatorio. Alcanza a mujeres de 50 a 59 y varones de 55 a 64, es decir a quienes están a menos de 10 años de la edad jubilatoria.
¿Qué permite la Ley 24.476?
Regularizar aportes de autónomo anteriores a septiembre de 1993, para quienes ya tienen la edad jubilatoria, acreditando residencia y que los períodos no se superpongan con empleos registrados.
¿Qué pasa si no puedo comprar los aportes?
Quedan la Prestación por Edad Avanzada a los 70 años con 10 años de aportes, y la PUAM a los 65 sin requisito de aportes, equivalente al 80% del haber mínimo.
¿Conviene comprar aportes o reclamar años en negro?
Primero conviene revisar la historia previsional: si hay años trabajados sin declarar, se pueden computar probando la relación laboral, sin pagar. Y las mujeres suman un año por hijo, que es gratuito.
Fuentes oficiales
- ANSES — Administración Nacional de la Seguridad Social — www.anses.gob.ar
- Ley 24.241 — Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones — servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/texact.htm
- Mi ANSES — www.anses.gob.ar/consultas/mi-anses
Contenido revisado y actualizado al 15 de octubre de 2026. Es información general y no reemplaza el asesoramiento de un abogado sobre tu caso.
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