Moratoria previsional: qué queda vigente

Respuesta corta: la moratoria general que permitía jubilarse con deuda y descontarla del haber venció el 23 de marzo de 2025 y no fue prorrogada. Lo que sigue existiendo es el plan de pago de deuda previsional para quienes están a menos de 10 años de la edad jubilatoria y lo cancelan antes de iniciar el trámite, y la regularización de períodos anteriores a septiembre de 1993 de la Ley 24.476.

Qué cambió

Durante años la moratoria funcionó así: llegabas a la edad sin los 30 años de aportes, comprabas los períodos faltantes y las cuotas se te descontaban del haber ya cobrando. Ese esquema terminó.

Hoy la lógica es la inversa: primero se regulariza y se paga, después se tramita el beneficio. Eso cambia por completo la planificación, porque hay que tener el dinero antes.

Lo que sigue vigente

Opción A quién alcanza Qué permite
Plan de pago de deuda previsional Mujeres de 50 a 59 y varones de 55 a 64, es decir a menos de 10 años de la edad jubilatoria Regularizar los períodos faltantes antes de iniciar el trámite, pagando con la unidad de pago que fija la normativa
Ley 24.476 Quienes ya tienen la edad jubilatoria Regularizar aportes de autónomo anteriores a septiembre de 1993, acreditando residencia y que los períodos no se superpongan con empleos registrados
Prestación por Edad Avanzada 70 años, ambos sexos Jubilarse con 10 años de aportes, de los cuales 5 en los últimos 8
PUAM 65 años, ambos sexos Prestación no contributiva equivalente al 80% del haber mínimo, sin requisito de aportes
Reconocimiento de servicios Cualquier edad Computar años trabajados sin registrar, probando la relación laboral

El reconocimiento de servicios: la opción que más se subestima

Antes de comprar un solo período conviene revisar si hay años trabajados que ANSES no computó. Es muy frecuente: empleadores que no declararon, períodos en negro, trabajo como autónomo sin registrar.

  • Si el empleador no ingresó los aportes, la responsabilidad es suya: el período se puede computar igual probando la relación laboral.
  • Se acredita con recibos de sueldo, certificaciones de servicios, testigos y documentación de la empresa.
  • Para las mujeres, el reconocimiento de un año de aportes por hijo —con adicionales por adopción, por hijo con discapacidad y por haber percibido la AUH— es gratuito y muchas no lo piden.
Primero revisá, después comprá. Entre el reconocimiento de servicios y el año por hijo, mucha gente descubre que le faltaban menos períodos de los que creía. Cada período que no comprás es dinero que no gastás.

Cómo saber cuánto te falta

  1. Entrá a Mi ANSES con tu CUIL y clave de la seguridad social.
  2. Abrí la sección de aportes y mirá el detalle mes por mes.
  3. Anotá los períodos en blanco y los que figuran con empleador pero sin aportes ingresados.
  4. Revisá si falta computar el año por hijo.
  5. Con ese número ya podés estimar qué opción te conviene.

Si no llegás a ninguna de las opciones

Queda la PUAM a los 65 años: es una prestación no contributiva, equivalente al 80% del haber mínimo, que no exige aportes. No genera pensión por fallecimiento en los mismos términos que una jubilación, pero garantiza un ingreso y la cobertura de salud. Los montos vigentes están en requisitos y montos de la jubilación.

El detalle de cada alternativa, con sus requisitos, está en cómo jubilarse sin 30 años de aportes.

Cuidado con las ofertas

  • Los trámites de ANSES son gratuitos: no hace falta gestor para consultar aportes ni para iniciar el beneficio.
  • Nadie puede «conseguirte» una moratoria que no existe.
  • No transfieras dinero a cuentas personales para «pagar los aportes»: el pago se hace por los canales oficiales.
  • Verificá la matrícula de cualquier profesional que te asesore.

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Preguntas frecuentes

¿Sigue vigente la moratoria previsional?

La moratoria general que permitía jubilarse con deuda y descontarla del haber venció el 23 de marzo de 2025 y no fue prorrogada. Siguen vigentes el plan de pago de deuda previsional y la regularización de períodos anteriores a 1993 de la Ley 24.476.

¿Qué es el plan de pago de deuda previsional?

Permite regularizar los períodos faltantes antes de iniciar el trámite jubilatorio. Alcanza a mujeres de 50 a 59 y varones de 55 a 64, es decir a quienes están a menos de 10 años de la edad jubilatoria.

¿Qué permite la Ley 24.476?

Regularizar aportes de autónomo anteriores a septiembre de 1993, para quienes ya tienen la edad jubilatoria, acreditando residencia y que los períodos no se superpongan con empleos registrados.

¿Qué pasa si no puedo comprar los aportes?

Quedan la Prestación por Edad Avanzada a los 70 años con 10 años de aportes, y la PUAM a los 65 sin requisito de aportes, equivalente al 80% del haber mínimo.

¿Conviene comprar aportes o reclamar años en negro?

Primero conviene revisar la historia previsional: si hay años trabajados sin declarar, se pueden computar probando la relación laboral, sin pagar. Y las mujeres suman un año por hijo, que es gratuito.

Fuentes oficiales

  • ANSES — Administración Nacional de la Seguridad Social — www.anses.gob.ar
  • Ley 24.241 — Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones — servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/texact.htm
  • Mi ANSES — www.anses.gob.ar/consultas/mi-anses

Contenido revisado y actualizado al 15 de octubre de 2026. Es información general y no reemplaza el asesoramiento de un abogado sobre tu caso.

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